Realizamos la legalización de las instalaciones con los preceptos de la ITC aplicable o, en su caso, con los términos de la autorización prevista en el artículo tercero. Inspeccionamos y legalizamos, a su vez, los recipientes y conexiones afectados por el reglamento y sus ITC.
Evaluamos cada almacenamiento según las prescripciones establecidas en las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) del Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos de aplicación.
Legalización de instalaciones sujetas a normativa (APQ).
Los tipos de instalación en las que actuamos como proyectistas para la legalización ante organismos competentes atendiendo a la normativa de aplicación, son:
- Almacenamiento de Líquidos inflamables y combustibles (APQ.1)
- Almacenamiento de Oxido de etileno (APQ.2)
- Almacenamiento de Cloro (APQ.3)
- Almacenamiento de Amoniaco anhidro (APQ.4)
- Almacenamiento de Botellas y botellones de gases comprimidos, licuados y disueltos a presión (APQ.5)
- Almacenamiento de Líquidos corrosivos (APQ.6)
- Almacenamiento de Líquidos tóxicos (APQ.7)
- Almacenamiento de fertilizantes a base de nitrato amónico con alto contenido en nitrógeno (APQ.8)
- Almacenamiento de peróxidos orgánicos y de materias autorreactivas (APQ.9)
- Almacenamiento en recipientes móviles (APQ.10)